Hasta 5 años de cárcel, por mal uso de datos personales
Se castigará hasta con 5 años de cárcel y una multa de 18 mdp a quien use indebidamente los datos personales que se encuentren en posesión de particulares
Agencias, Ciudad de México.-A partir del 6 de julio del 2010 se castigará hasta con cinco años de cárcel y una multa de 18 millones de pesos a quien le dé un uso indebido a los datos personales en posesión de particulares.
La SecretarÃa de Gobernación (Segob) publica en el Diario Oficial un decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
La presente ley tiene por objeto la protección de los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legÃtimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.
Son sujetos regulados por esta ley los particulares que sean personas fÃsicas o morales de carácter privado que lleven a cabo el tratamiento de datos personales, con excepción de:
- Las sociedades de información crediticia en los supuestos de la ley para regular las sociedades de información crediticia.
- Las personas que lleven a cabo la recolección y almacenamiento de datos personales que sea para uso exclusivamente personal y sin fines de divulgación o utilización comercial.
En el documento se establece que cada persona deberá autorizar el uso de sus datos personales.
Los ciudadanos podrán decidir quién, cómo y para qué es utilizada su información personal.
Este decreto también establece que se podrá interponer un recurso ante el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) Pública de Protección de Datos Federales.Â
Con este decreto también se establece que el IFAI modificará su nombre a Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.



