El Congreso del Estado, aprobó Reformas a la Constitución Política del Estado
Se precisan requisitos para ser Procurador y Consejero de la Judicatura

Comunicado de PRENSA, Xalapa, Ver.-Con el voto unánime de los diputados integrantes de la LXII Legislatura Local, el Pleno aprobó, en su 2da. etapa, reformas al Art. 82 de la Constitución Política del Estado, para establecer, entre otros importantes aspectos, que ningún servidor público podrá recibir remuneración por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, mayor a la del Presidente de la República y a la del Gobernador del Estado, establecidas éstas en los presupuestos de egresos correspondientes.
Asimismo, aprobó reformas a los Arts. 53 y 62 de la Constitución Política de la Entidad, a fin de precisar los requisitos para ser Procurador y Consejero de la Judicatura.
De esta manera, para ejercer el cargo de Procurador General de Justicia se requiere, entre otros aspectos: ser ciudadano mexicano por nacimiento en ejercicio de sus derechos y no tener ni haber tenido otra nacionalidad; tener, cuando menos, treinta años cumplidos al día de su ratificación por el Congreso; poseer, al día de su nombramiento, título de Licenciado en Derecho, con antigüedad mínima de cinco años, expedido por autoridad o institución legalmente constituida.
Estas reformas disponen que el Consejo de la Judicatura será el órgano encargado de conducir la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, con excepción del Tribunal Superior de Justicia, y estará integrado por los seis miembros siguientes: El Presidente del Tribunal Superior de Justicia, quien lo presidirá; tres magistrados nombrados por el Pleno del Tribunal Superior de Justicia conforme a la ley, mediante votación secreta; un consejero propuesto por el Gobernador, y ratificado por el Congreso; y un consejero designado por el Congreso, quienes deberán satisfacer, entre otros, los siguientes requisitos:
Ser ciudadano mexicano por nacimiento en ejercicio de sus derechos y no tener ni haber tenido otra nacionalidad; ser veracruzano o, en caso de no serlo, tener vecindad mínima de dos años en el Estado; tener, cuando menos, treinta años cumplidos al día de la designación.
Del mismo modo, poseer, al día del nombramiento, título de Licenciado en Derecho expedido por institución nacional de educación superior legalmente facultada para ello, con una antigüedad mínima de cinco años, y contar con experiencia profesional en la judicatura o ejercicio de la profesión no menor de ese lapso.
Estas reformas a los Arts. 53, 62 y 82 de la Constitución Política Local fueron remitidas a los ayuntamientos de la Entidad para su aprobación.
Durante la sesión, se turnó a las Comisiones Permanentes Unidas de Hacienda del Estado y de Juventud y Deporte, la Iniciativa que reforma la Ley del Sistema Estatal de Cultura Física y Deporte del Estado, presentada por el diputado Fernando Yunes Márquez, que contempla, entre otros aspectos, que el Gobierno del Estado puede brindar apoyos económicos a los equipos deportivos profesionales hasta un máximo de 0.05% del presupuesto estatal.
Se envió a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Procuración de Justicia, la Iniciativa que reforma diversas disposiciones del Código Penal del Estado, presentada por la diputada Elena Zamorano Aguirre, relativo a los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, para salvaguardar los derechos de los menores.
Los diputados remitieron a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Desarrollo y Fortalecimiento Municipal, la Iniciativa que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, puesta a consideración del Pleno por el diputado Carlos Aceves Amezcua, a fin de crear
