Sáb. May 4th, 2024
  • En sesión pública del 30 de agosto, anoche resuelven el Expediente RIN12512017 y sus acumulados RIN13712017, RIN139t2017 y RIN14112017, promovidos por los representantes legales de los partidos PRD, PAN, Morena y el PRI.

 

El licenciado en administración de empresas Octavio Pérez Garay, fue ratificado por el TEV, en la sesión pública celebrada anoche a las 20 horas en el salón de plenos, que presidió el Magistrado Presidente Roberto Eduardo Sigala Aguilar. (Foto | Archivo)

El Magistrado Presidente Roberto Eduardo Sigala Aguilar, en la sesión pública que analizó el Expediente Expediente RIN 12512017 y sus acumulados RIN 13712017, RIN139t2017 y RtN 14112017, promovidos por los representantes legales de los partidos PRD, PAN, Morena y el PRI, resolviendo a favor de Tavo Pérez. (Foto | Especial)

 

Juan Carlos Absalón | San Andrés Tuxtla, Ver.—El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), a través de la Secretaría de Acuerdos, informó de la Sesión Pública celebrada anoche a partir de las 20 horas, en el Salón de Plenos, donde se resolvieron 59 medios de impugnación de igual número de expedientes, entre los que figuran el expediente RIN 125/2017, caso 31, promovido por el Partido de la Revolución Democrática (PRD); el expediente RIN 137/2017, caso 40, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN); el expediente RIN 139/2017, caso 42, promovido por el partido político MORENA, y el expediente RIN 141/2017, caso 43, promovido por el Partido Revolucionario Institucional (PRI). Todos presentados ante el Consejo Municipal del Organismo Público Local Electoral (OPLE) de San Andrés Tuxtla, en contra del candidato independiente, licenciado Octavio Pérez Garay.

Fue así como este miércoles 30 de agosto del 2017, fue resuelto el Recurso de Inconformidad, expediente que consta de 215 fojas donde se analizó el Expediente RIN 12512017 y sus acumulados RIN 13712017, RIN139t2017 y RtN 14112017, promovidos por los representantes legales de los partidos PRD, PAN, Morena y el PRI.

SENTENCIA:

Que modifica los resultados consignados en el acta de cómputo municipal y, confirma la declaración de validez, así como el otorgamíento de las constancias de mayoría y validez a favor de las fórmulas postuladas en candidatura independiente, en la elección del Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz.

Es así como el TEV a través de la Unidad de Difusión, emitió el siguiente Comunicado de PRENSA Núm. 85 de fecha 30 de agosto del 2017, que cita:

TEV confirma candidatura independiente en San Andrés Tuxtla

  • Se confirma la declaración de validez de la elección de Chicontepec y Orizaba

 

Durante la sesión pública celebrada este miércoles en el Tribunal Electoral de Veracruz, magistrados determinaron que se entreguen las constancias de mayoría a las personas que integran las formulas postuladas en candidatura independiente a ediles del Ayuntamiento de San Andrés Tuxtla, Veracruz.

De esta manera los resultados consignados en el acta de computo municipal, la declaración de validez así como el otorgamiento de constancias de mayoría a la fórmula encabezada por los candidatos independientes Octavio Pérez Garay y Orlando Altieri Saldiva para integrar  el Ayuntamiento San Andrés Tuxtla.

Cabe hacer mención que los partidos PRD, PAN, MORENA y PRI  habían solicitado a este Tribunal la nulidad de la elección ya que se presentaron violaciones durante la pasada elección del cuatro de junio, a través de los RIN 125, 139, 141/2017.

Al resultar únicamente fundado el agravio en tres casillas, relacionadas con la recepción de la votación por personas u organismos distintos a los facultados por el Código Electoral y permitir sufragar sin credencial para votar o permitir el voto a aquellos cuyos nombres no aparezcan en la lista nominal de electores; se considera modificar los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, confirmar la declaración de validez.

Respecto a los Recurso de Inconformidad 151/2017 y su acumulado 152/2017 que promovieron el PRD y MORENA en contra de los resultados de la elección municipal de Chicontepec, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) analizó los agravios que los partidos políticos denunciaron: rebase de topes de campaña, utilización de símbolos religiosos para hacer propaganda y violaciones graves, dolosas y determinantes a los principios constitucionales.

Entre las presuntas violaciones a principios constitucionales que señaló el PRD se encuentran los supuestos por entrega de despensas, violencia generada en casillas, compra de votos en una comunidad, recepción de la votación por personas distintas a las facultadas, dolo o error en el escrutinio y cómputo, así como presión sobre funcionarios de casilla.

Al igual que el PRD, MORENA solicitó la nulidad de la elección por presuntas violaciones graves, dolosas y determinantes a los principios constitucionales. En su escrito, el partido político señaló directamente a un representante popular, a otra personas más, así como al PRI y PVEM como responsables, sobre todo de la agresión a un militante de MORENA y a su entonces candidato a la presidencia municipal.

Tras analizar el expediente, el TEV determinó parcialmente fundados los agravios, por lo que declaró la nulidad de la votación en las casillas 1361 Básica y 1361 Contigua 1, la modificación de resultados y confirmó la declaración de validez de la elección.