Vie. Abr 19th, 2024

Comunicado de PRENSAComunicado de PRENSA, Xalapa, Ver.-El Instituto Electoral Veracruzano (IEV), podría recibir este mes los registros de candidatos para la elección de Gobernador, ya que el artículo 184 fracción I del Código Electoral número 307 para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave (CEEV), dice al respecto: “El periodo para presentar las solicitudes de registro de candidatos a cargos de elección popular quedará sujeto a lo siguiente, para Gobernador del Estado quedará abierta la presentación en el Consejo General del día 30 de abril al 9 de mayo del año de la elección”.

Antes, entre el 11 y el 17 de este mes, cada partido o coalición deberá haber terminado sus procesos internos de selección de candidatos y solicitar el registro de sus convenios de coalición para la elección de Gobernador del Estado -en caso de que las haya- actividad que podría ocurrir hasta el día 22. Además, el 28 del presente, a más tardar, es la fecha límite para que las organizaciones políticas presenten el convenio de coalición para la elección de diputados ante el Consejo General para su registro, según los artículos 43 fracción II y 100 párrafo primero del CEEV.

Una de las obligaciones del IEV para este mes es la entrega a los consejos distritales, y éstos a los municipales, de las listas nominales que se exhibirán durante 20 días con la intención de que los ciudadanos que consideren haber sido incluidos o excluidos indebidamente en las listas nominales de electores puedan solicitar con las pruebas necesarias las aclaraciones escritas a la oficina del Registro Federal de Electores correspondiente a su domicilio. El plazo vence el 23 de abril.

Una de las responsabilidades que los partidos deberán cumplir es el registro de sus plataformas electorales mínimas que difundirán para las elecciones de Gobernador (el día 20 a más tardar), y de diputados, a más tardar el lunes 26.

De igual manera, entre los días 1 y 15 los institutos políticos deberán registrar a sus representantes ante los consejos municipales o supletoriamente ante el Consejo General, según los artículos 119 fracción XIX, 158 fracción IV y 164 fracción I del Código Electoral.

Por último, quienes desean ser postulados como candidatos a algún cargo de elección popular pero que se desempeñen como magistrados, secretarios del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado, consejeros electorales de los diversos consejos del Instituto, Secretario Ejecutivo, Contralor General, Director Ejecutivo de alguna área del IEV, personal del Servicio Profesional Electoral o personal auxiliar del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado, tendrán que haber renunciado a esas obligaciones el día 5 de abril.