Mié. Abr 17th, 2024

Amnistía Internacional señala que el Ejecutivo propone remitir a la justicia civil a soldados acusados sólo de tres delitos, y se preserva la justicia militar para tratar otros abusos.

Agencias, Ciudad de México.—Amnistía Internacional (AI), lamentó que la iniciativa para reformar el fuero militar presentada al Senado ayer por el Ejecutivo, sólo contempla la exclusión de algunas violaciones de derechos humanos de la justicia militar, y no cambia la forma en que las alegaciones de abusos se investigan.

La organización instó a los legisladores a alcanzar consenso en una modificación que reúna los elementos señalados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“Sólo así el Congreso demostrará su compromiso para garantizar que no exista más impunidad en casos de abusos graves a los derechos y México cumplirá sus obligaciones en materia de derechos humanos”, dijo en un comunicado.

El texto actual de la iniciativa, explicó AI, propone remitir a la justicia civil a aquellos militares acusados “solamente” de la comisión de tres delitos: desaparición forzada, tortura y violación.

En realidad, agregó, esta iniciativa “parece preservar la justicia militar para todos los demás abusos de derechos humanos reconocidos en los instrumentos internacionales, tales como ejecuciones extrajudiciales, malos tratos, detención arbitraria e incluso el genocidio y otros delitos de lesa humanidad”.

Además de cuestiones acerca de “complicidad en abusos cometidos por otros o la desviación de la investigación penal podrían seguir siendo atendidos por la jurisdicción militar”.

Es preocupante, explicó la organización internacional, el papel asignado al ministerio público militar para la determinación del delito en la investigación inicial para ser remitido a la justicia civil en caso de que se configuren los elementos del tipo penal.

“En efecto, este mecanismo puede actuar como un candado que permita bloquear la actuación de la justicia civil, incluso en los mismos delitos que quedan excluidos de la justicia militar mediante esta iniciativa”.

Detalló que las tres sentencias emitidas hasta la fecha por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos de Radilla Pacheco, Fernández Ortega y Rosendo Cantú “trataban de casos en que el ministerio público militar no logró encontrar los elementos para proceder contra los implicados precisamente por los delitos de desaparición forzada, tortura o violación”.

Además, en otros casos recientes documentados por Amnistía Internacional “en que miembros del ejército han estado implicados en delitos como ejecución extrajudicial, tortura y desaparición forzada”, dijo, el ministerio público militar “ha negado reconocer la evidencia de dichos delitos”.

“Tales casos no llegarán a la justicia civil para ser investigados y procesados de manera imparcial e independiente, razón por la cual los derechos de las víctimas seguirán siendo vulnerados”, dijo AI.

Recordó que el pasado mes de septiembre Amnistía Internacional envió un memorándum al gobierno, legisladores y al Poder Judicial acerca de la obligación del Estado mexicano por cumplir con las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Las sentencias, dijo, son claras al requerir que la reforma al Código de Justicia Militar debe reunir ciertos criterios específicos:

—La “jurisdicción penal militar ha de tener un alcance restrictivo y excepcional”;

—Que “en el fuero militar sólo se debe juzgar a militares activos por la comisión de delitos o faltas que por su propia naturaleza atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar”;

—Que “tomando en cuenta la naturaleza del crimen y el bien jurídico lesionado, la jurisdicción penal militar no es el fuero competente para investigar y, en su caso, juzgar y sancionar a los autores de violaciones de derechos humanos sino que el procesamiento de los responsables corresponde siempre a la justicia ordinaria”.