Sáb. Abr 20th, 2024

Partido de Acción Nacional señaló  que presentará quejas ante el Consejo General del Instituto por actos anticipados de campaña

Agencias,  México D.F. —Juan Molinar Horcasitas, secretario de Acción de Gobierno del PAN, quien estuviera señalado como responsable del trágico accidente de la guardería ABC, donde murieron 49 niños y acusado por legisladores de izquierda por beneficiar a la empresa Mony de Swaan, como otros tantos actos de corrupción dijo que el  Partido Acción Nacional,  anunció que presentará quejas contra Andrés Manuel López Obrador y Enrique Peña Nieto por actos anticipados de campaña.

En conferencia de prensa, Juan Molinar Horcasitas, secretario de Acción de Gobierno del PAN, afirmó que su partido presentará dichas quejas ante el Consejo General del IFE, debido a que López Obrador y Peña Nieto no debieran presentarse ni en spots de televisión ni en actos públicos o de campaña.

«En el caso que nos ocupa, López Obrador solamente podría dirigirse a los órganos del partido que habrán de formalizar su designación, es decir, el Consejo Político del PRD, el Comité Ejecutivo Nacional del PT y la Asamblea Nacional Electiva de Convergencia», explicó Molinar Horcasitas.

En el caso de Peña Nieto, ni siquiera debiera presentarse en actos públicos como «amenazó» hacerlo, ya que éste es formalmente candidato y este tiempo es de precampaña.

«Presentaremos quejas en contra de Peña Nieto por la realización de actos anticipados de campaña, pues en esta etapa del proceso electoral sólo permite actos de precampaña y el señor Pena Nieto, aunque no lo sabia, ya es candidato de los partidos que lo postulan.

Peña fue declarado candidato de su partido desde el 17 de diciembre y por lo tanto en esta etapa de precampañas la ley no le permite la realización de actos públicos. En caso de realizarlos, como temerariamente ha señalado, estaría incurriendo en actos anticipados de campaña, lo que es una violación grave al Código Electoral», precisó Horcasitas.

También el PRD y PRI se quejaron por los spots de Josefina Vázquez Mota, Santiago Creel y Ernesto Cordero, donde se “muestran con frases, imágenes, proyecciones y mensajes que dirigen a la población en general”.

De acuerdo con las quejas promovidas por el PRD y PRI, los spots de Josefina Vázquez Mota, Santiago Creel y Ernesto Cordero se “muestran con frases, imágenes, proyecciones y mensajes que dirigen a la población en general”.

En los mismos “no se hace referencia al proceso interno de selección de candidatos, a la fecha de la elección interna, y tampoco se limitan a dirigirse a los miembros del Partido Acción Nacional que participan en la elección”, argumentan las quejas.

Aclaran que sólo en algunos de los mensajes y de manera marginal y por breve tiempo se coloca la leyenda “propaganda dirigida a los miembros del PAN»

De ahí que este miércoles el Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) un recurso de apelación por los resolutivos de la Comisión de Quejas y Denuncias del IFE.

En el documento se establece que el 18 de diciembre inició el plazo para la realización de precampañas en los procesos de selección de candidatos de los partidos políticos en el proceso electoral federal 2011-2012.

Agrega que el 20 de diciembre, con motivo de supuestas violaciones diversas a las reglas de precampaña por parte de los aspirantes presidenciales del PAN el PRD formuló una queja.

Subraya que la misma debió tramitarse en los plazos y términos legales previstos para el procedimiento especial sancionador, toda vez que se solicitó la adopción de medidas cautelares para hacer cesar las supuestas infracciones legales denunciadas.

Indica que el mismo 20 de diciembre la Secretaría del Consejo General del IFE dictó un acuerdo por el que determinó que se tramitara este asunto como un proceso especial sancionador.

Asimismo se reservó acordar lo conducente respecto de la admisión o desechamiento del asunto, así como del emplazamiento a las partes involucradas, hasta en tanto se culmine la etapa de investigación por parte de la autoridad administrativa electoral.

Indica que toda vez que concluyó el plazo para resolver en tiempo el proceso especial sancionador promovido y que no se otorgaron las medidas cautelares solicitadas, se recurrió a impugnar tanto la supuesta omisión como la respuesta de la Comisión de Quejas y Denuncias.