Vie. Mar 29th, 2024

Establece competencias y responsabilidades en materia de separación, recolección y transporte de basura.

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XALAPA, VER.

 

El pleno legislativo aprobó con 24 votos a favor y 14 abstenciones,  la Ley que regula el Servicio de Recolección de Limpia Pública,  en armonización con las leyes existentes en la materia, y sentó las bases para que los municipios elaboren sus reglamentos.

La ley contempla multas de 20 a 50 días de salario mínimo para los ciudadanos que incumplan su contenido o generen daño ambiental con motivo de sus actos u omisiones, así como la suspensión temporal o cancelación del permiso o licencia de establecimientos, sobre todo cuando sean reincidentes.

Esta norma está integrada por ocho títulos e incluye  disposiciones generales en materia de distribución de competencias y responsabilidades, separación y barrido de basura; recolección y transporte, destino final, derechos y obligaciones de los trabajadores del servicio de Limpia Publica, infracciones y sanciones.

El autor de la ley, el diputado Antonino Baxzi Mata,   advirtió que Veracruz ocupa  el cuarto lugar de las entidades que más recoge residuos en el país, con un 5.2%, lo que obliga a que en la entidad  cuente con lugares de destino final, con buena infraestructura y una población organizada y capacitada que pueda realizar la tarea de limpia pública adecuadamente.

El Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Medio Ambiente,  debe realizar programas y promover la capacitación de personas, sindicatos y organizaciones de todos los sectores, a fin de contribuir en el mejoramiento del medio ambiente y manejo adecuados de los desechos sólidos.

Los Ayuntamientos deberán diseñar y construir programas concernientes al medio ambiente, pero sobre todo realizar sus propios Reglamentos de limpia pública, de acuerdo  con sus necesidades, apegados siempre a este marco normativo.

Durante la sesión,  el pleno legislativo aprobó  una moción suspensiva que presentó el diputado Octavio Pérez Garay y devolvió a las comisiones Permanente Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Organización Política y Procesos Electorales,  el dictamen que adiciona el Libro Sexto referente al voto de los veracruzanos en el extranjero, comprendido de 12 artículos y un título único al Código Electoral del Estado de Veracruz.