Sáb. Abr 20th, 2024
  • CMAS deberá entregar versión pública de los CFDI de todos sus trabajadores
  • IVAI le ordenó recuperarlos mediante la herramienta de descarga del SAT
  • Se instó a titular del área de transparencia y al Comité de Transparencia por no actuar para recuperarlos y deslindar responsabilidades legales

Boletín IVAI | Xalapa, Ver.— Al resolver el recurso de revisión IVAI-REV/1601/2018/I, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) ordenó a la Comisión Municipal del Agua y Saneamiento (CMAS) de Xalapa que realice una nueva búsqueda y requiera a las áreas correspondientes para localizar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de todos sus trabajadores, de los ejercicios 2016 y 2017, y enviar –de manera electrónica y sin costo– las versiones públicas aprobadas por su Comité de Transparencia a la persona que le realizó dicha solicitud de información.

Esto, luego de que CMAS Xalapa entregara al peticionario lo relativo de enero a mayo de 2018 y declarara la inexistencia de lo concerniente a 2016 y 2017. El gerente de Recursos Humanos afirmó haber realizado una búsqueda minuciosa en los archivos y trató de corroborar la ausencia de los CFDI con un documento que derivó de la entrega-recepción 2014-2017, lo que fue ratificado por el Comité de Transparencia.

No obstante, los comisionados Yolli García Alvarez, José Rubén Mendoza Hernández y Arturo Mariscal Rodríguez se mostraron en contra de la declaración de inexistencia, ya que –entre otras razones– el Código Fiscal de la Federación impone la obligación de resguardar y conservar los archivos y registros electrónicos de los comprobantes fiscales por las actividades que realicen los contribuyentes, porque se consideran parte de la contabilidad y permiten justificar la deducibilidad de sus erogaciones.

Si bien existe la posibilidad de que sucedan siniestros que puedan ocasionar la pérdida de la información, no solo en los archivos físicos sino también en los sistemas de cómputo del ente obligado, este puede recurrir a su recuperación directamente del Portal del Sistema de Administración Tributaria (SAT) en el rubro “Consulta y recuperación de comprobantes”, donde se pueden descargar hasta dos mil archivos de facturas por día en las versiones 3.0, 3.2. y 3.3, además de recuperar un millón de registros de la metadata que son los datos representativos de la factura.

Para el órgano garante de Veracruz, si la información que CMAS señala es inexistente, resulta de vital importancia que la recupere. En ese sentido, el gerente de Recursos Humanos fue omiso en realizar el procedimiento de recuperación masiva de CFDI y en dar vista a la Contraloría Interna y a la Coordinación Jurídica, a fin de que iniciaran los procedimientos administrativos y/o judiciales que pudieran resultar en contra de los servidores o ex servidores públicos que tienen a su cargo documentar dicha información.

Asimismo, la coordinadora de Acceso a la Información Pública de CMAS no justificó haber realizado la búsqueda exhaustiva en las áreas que pudieran tener un respaldo de lo requerido, como la Contraloría Interna y la Coordinación Jurídica que intervienen en los procesos de entrega-recepción, así como la Gerencia de Administración y la Gerencia de Finanzas y Control Presupuestal, que intervienen en la organización y control contable del organismo.

Es por ello que los comisionados instaron a la titular del área de transparencia para que en futuras ocasiones realice los trámites internos necesarios con las áreas competentes para localizar la información y en caso de solicitar la declaratoria de inexistencia remita al Comité de Transparencia el soporte documental que lo justifique.

Por otro lado, los integrantes del Comité de Transparencia también fueron omisos en sus funciones, al declarar y ratificar de forma general, sin fundar y motivar ni sustentar con la documentación debida, como los procedimientos administrativos y/o judiciales iniciados con motivo de la inexistencia de la información, pues tuvieron que haber requerido a la Contraloría Interna y/o a la Coordinación Jurídica para que se pronunciaran al respecto.

Asimismo, no se cercioraron de que la información requerida no existiera o se encontrara en la “Servicio de Descarga Masiva de CFDI” del SAT, a fin de ordenar que se generara o se repusiera y, en caso de que no fuera posible reponerla,  notificar al Órgano Interno de Control.  Por lo que el IVAI también los instó para que al recibir una petición de inexistencia tomen las medidas necesarias; de reincidir en dichas conductas, se harán acreedores a cualquiera de las sanciones previstas la ley de la materia.

Finalmente, en caso de que se reitere la inexistencia de la información, esta circunstancia deberá ser avalada por el Comité de Transparencia, cerciorándose que se haya buscado en el portal del SAT, adjuntando las impresiones de pantalla que lo justifiquen y las vistas que se realicen tanto a la Contraloría Interna como a otras autoridades administrativas y/o judiciales sobre la falta de la información.

En la sesión pública de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales emitió 84 sentencias, de estas, dos fueron denuncias por incumplimiento de obligaciones de transparencia por parte de sujetos obligados y 87 fueron recursos de revisión, dos de ellos sobre protección de datos personales.