Vie. Abr 19th, 2024

PRI-PRD contra el PAN
La reforma de Calderón
Mujeres: esos pendientes

La avalancha de críticas y cuestionamientos del PRI y PRD a la propuesta de reforma política presentada por el Presidente Felipe Calderón generó ya una inmediata reacción del Ejecutivo Federal…

CALDERÓN ACUSA a quienes se oponen a su propuesta de “optar por un sistema político cerrado, que privilegie las maquinarias partidistas bajo su control”…

APENAS ESTE lunes, en el seminario de análisis de la Reforma Política, tanto la dirigente nacional del PRI, Beatriz Paredes, como Jesús Ortega, del PRD cuestionaron las “intenciones ocultas” en las propuestas de la Federación…

PAREDES DIJO que el decálogo de Calderón tiene un “tufo de autoritarismo” porque copia el modelo presidencialista de principios del siglo XX; Ortega, por su parte, advierte que no se trata de resolverle al Presidente cómo obtiene la mayoría en el Congreso: “Se trata de construir un Ejecutivo fuerte, pero un Legislativo, también, fuerte, que sea equilibrio, además de un Poder Judicial independiente y que preserve los valores de la Constitución”…

A TODO ello el Presidente de México reaccionó este lunes y al inaugurar la reunión plenaria de la bancada del PAN en la Cámara de Diputados, les pidió a sus correligionarios “ser voceros y explicar que se trata de una reforma para los ciudadanos”. Sugirió crear discusiones en las redes sociales de internet, pues en su opinión la sociedad no sólo debe ser beneficiaria sino autora de esos cambios…

SÉ QUE se opondrán a ella por muchas razones, pero seguramente quienes privilegian las maquinas partidistas por encima de los ciudadanos seguirán optando por un sistema político cerrado y bajo su control, afirmó Calderón…

PERO PARA el PRI la idea de modernizar al Poder Legislativo a partir de debilitarlo, “no es una fórmula correcta”. Beatriz Paredes dice que uno de los problemas de aprobar candidaturas independientes, como propone Calderón, es que los llamados “poderes fácticos” tendrían acceso al poder institucional. El presidente nacional del PRD, por su parte, consideró necesario adecuar el régimen político, pero aclara que el proyecto de su partido incluye crear un “órgano autónomo” para regular la agenda de medios de comunicación y la revisión “integral” de los órganos electorales…

PARA EL Gobernador Fidel Herrera la crisis de las instituciones en el país se explica por los “graves retrocesos que iniciaron con la alternancia”…

EL TEMA no es sencillo. La discusión se inicia cuando hay 10 gubernaturas en juego este año, y el Partido Acción Nacional decide salirse de su ortodoxia y experimentar en la construcción de alianzas impensadas en otros tiempos, con los sectores más radicales de la izquierda, en una concepción inédita del pragmatismo electoral…

EN ESAS circunstancias la respuesta del priismo ha sido contundente: Si se unen contra el PRI en las elecciones no cuenten con el PRI en la búsqueda de consensos legislativos. Ni hablar, esta novela dará para muchas páginas más…

                                                                                                                                                                

A PROPÓSITO de lo anterior, no obstante los avances que en materia electoral y equidad de género reporta el País, la histórica brecha entre hombres y mujeres, y el derecho a elegir y ser elegidas todavía no está saldada, de tal suerte que en el proceso que viene, las féminas priístas demandarán mayores espacios de participación como candidatas a puestos de elección popular, concretamente a las alcaldías y diputaciones locales…

Y ES que en la elección pasada de diputados Federales, el porcentaje de mujeres no llegó ni al 20 por ciento, lo que pone en entredicho la seriedad del Revolucionario Institucional que tradicionalmente cubre esas fallas con suplencias…

LA PRIMERA medida tendiente a igualar la condición jurídica de mujeres y hombres en el ámbito de la ciudadanía política se tomó en 1916. En esa ocasión su alcance se limitó a tres estados (Chiapas, Yucatán y Tabasco)…

YA PARA 1923 se aprobó en San Luis Potosí un método de inclusión que reconoció el derecho de las mujeres a participar en los procesos electorales, siempre y cuando supieran leer y escribir, y para 1936 se produjo otro avance en Puebla…

FUE HASTA 1947 cuando se otorgaron derechos políticos a las mujeres con el reconocimiento a votar y ser votadas, pero restringido, únicamente, al ámbito municipal…

SEIS AÑOS más tarde, en 1953, el derecho a elegir y ser elegidas alcanzó su plenitud en todo el ámbito Federal. La legislación en materia de derechos políticos de las mujeres, sin embargo, no tuvo un impacto lineal en la participación y representación política…

SÓLO BASTA hacer un recuento para entender que desde 1916 a la fecha, esto es, después de más de 90 años, las mujeres sólo han alcanzado 23 por ciento de representación en la Cámara de Diputados, y sólo 16 por ciento en el Senado…

SI EN el ámbito de los cuerpos legislativos se han producido avances que distan de ser los deseados, en los cargos Ejecutivos la presencia de mujeres es todavía insignificante, muy a pesar de que en la década de los noventa se impulsaron medidas tendientes a reducir la brecha entre el derecho a elegir y la posibilidad de ser elegidas efectivamente…

SIN DUDA, la voluntad de generar mejores condiciones para el acceso de mujeres a candidaturas electorales se ha expresado en sucesivas modificaciones y adiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, concretamente en la legislación aprobada en 1993, en la fracción III del Artículo 175, que determina que los partidos “promoverán” una mayor participación de las mujeres en la vida política del país…

LAS ADICIONES y modificaciones posteriores, en 1996 y 2002, a los artículos “Transitorio XXII” y 175 del Cofipe, respectivamente, lograron disminuir la generalidad de la normativa de 1993…

CON ESAS modificaciones se incorporaron especificaciones sobre la implementación de las cuotas de género y las sanciones por el incumplimiento de éstas, de tal suerte que la representación de género dejaba de ser una declaración de principios o recomendación a los estatutos partidarios para convertirse en una legislación que determina las proporciones de candidaturas y su instrumentación, incluidas sanciones por incumplimiento…

LA REFORMA de 1996, aun cuando estipula la distribución de las proporciones de las candidaturas que deben repartirse según categoría de género, dejó un hueco, al no especificar si se trataba de candidaturas “simbólicas” o “efectivas”…

EN EL primer tipo se podrían incluir, por lo tanto, los cargos suplentes o los últimos lugares de las listas plurinominales, así como las candidaturas en distritos uninominales que no son “seguros” para el partido, esto es, las postulaciones donde un instituto sabe de antemano que sus probabilidades de éxito son nulas…

POR CANDIDATURAS efectivas o “seguras” se consideran, en contraste, los primeros lugares titulares de las listas plurinominales, así como las candidaturas en distritos uninominales en los cuales el partido conoce de antemano una probabilidad de éxito seguro…

FUE LA reforma de 2002 la que determinó, en un sentido más específico, garantizando la distribución de candidaturas “efectivas” entre las categorías de género al imponer mandato de posición en las cinco circunscripciones plurinominales…

DE ESA manera, el Artículo 175-A del Cofipe estableció: “De la totalidad de solicitudes de registro, tanto de diputados como de senadores que presenten los partidos políticos o las coaliciones ante el IFE, en ningún caso incluirán más de 70 por ciento de candidatos propietarios de un mismo género”…

POR SU parte, el Artículo 175-B, señala: “Las listas de representación proporcional se integrarán por segmentos de tres candidaturas. En cada uno de los tres primeros segmentos de cada lista habrá una candidatura de género distinto. Lo anterior sin perjuicio de lo que señale la normatividad interna y el procedimiento de cada partido político”…

EN EL Artículo 175-C se integra lo siguiente: “1.- Hecho el cierre del registro de candidaturas, si un partido político o coalición no cumple con lo establecido en los Artículos 175-A y 175-B, el Consejo General del IFE le requerirá en primera instancia que, en el plazo de 48 horas contadas a partir de la notificación, rectifique la solicitud de registro de candidaturas y lo apercibirá de que, en caso de no hacerlo, le hará una amonestación pública…

2.- TRANSCURRIDO EL plazo al que se refiere el párrafo anterior, quien no realice la sustitución de candidatos será acreedor a una amonestación pública. En caso de reincidencia se sancionará con la negativa del registro de las candidaturas correspondientes…

3.- QUEDAN EXCEPTUADAS las candidaturas de mayoría relativa que sean resultado de un proceso de elección mediante el voto directo, esto es, los partidos que recurren a procedimientos democráticos de selección de sus candidaturas para los distritos uninominales quedan eximidos del cumplimiento de la cuota establecida, lo que atenúa aún más el impacto de la legislación…

EN FIN, aun cuando los efectos de las reformas institucionales han tenido un peso decisivo en la elección de mujeres, todavía seguimos lejos en materia de garantizar la equidad representativa que es de esperar en un sistema equitativo de representación…

LAS LEGISLACIONES existentes en materia de acciones afirmativas tienen, por el momento, un alcance limitado que no ha permitido eliminar la brecha entre el derecho de las mujeres mexicanas a elegir y ser elegidas, aunque se debe reconocer que sí ha contribuido a disminuirla…

EL PROCESO electoral de este año no promete grandes avances en candidaturas de mujeres para disputar una curul en la futura Cámara Local de Diputados o la alcaldía en alguno de los 212 ayuntamientos, como ya se observa, aunque, sin duda, las cuotas se cubrirán de manera simbólica en la designación de suplentes. A ver qué pasa…

OPINA [email protected]